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lunes 9 de noviembre de 2009

PIDA EL CONTRATO DE SUS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

Por: Wilson Fernando Díaz

Pedir siempre el contrato que asumimos con las empresas de servicios públicos, fue una de las principales recomendaciones dadas a los veedores ciudadanos en la capacitación realizada el pasado sábado por la Contraloría de Bucaramanga.

Edison Rodrigo Cárdenas, docente de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, quien fue el encargado de esta actividad que capacitó a los veedores en el tema de SERVICIOS PÚBLICOS, señaló que como las empresas no entregan los contratos a los usuarios estos deben ser pedidos por los ciudadanos.

“Este es un tema muy extenso y de mucho interés para los ciudadanos, por eso realizamos esta actividad que muy seguramente repetiremos el próximo año para mantener actualizados a los veedores y a los ciudadanos en general” dijo el Contralor de Bucaramanga, Carlos Óscar Vergara Rodríguez.

Este proyecto de capacitación, enmarcado en el programa de PARTICIPACIÓN CIUDADANA y que se ha combinado con un ciclo de foros públicos, culminará el 21 de noviembre con el tema de “PRESUPUESTO PÚBLICO”, afirmó finalmente el jefe de control fiscal de la capital santandereana, Carlos Óscar Vergara Rodríguez.
Alcaldía de Bucaramanga, Edificio Fase II, Piso 4. Tel: 6522777 Exts: 101-104.
Email: contactenos@contraloriabga.gov.co Web: http://www.contraloriabga.gov.co/ >
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martes 27 de octubre de 2009

Los consumidores de energía no pagarán reconexión por corte del servicio



Así está establecido en una resolución que dio a conocer el consultor y asesor de servicios públicos Juan Camacho Leal. La medida rige para las empresas proveedoras del sector energético, como la Electrificadora y las distribuidoras de gas domiciliario.

El vocero de los consumidores dijo que una persona que se atrase por determinado motivo, si la empresa le corta el servicio, tan pronto como se haga el pago, la compañía está en la obligación de hacer la reconexión sin cobro de suma alguna como venía ocurriendo.

Juan Camacho hizo otras revelaciones sobre la base de la resolución.

Escuche al consultor Juan Camacho Leal

lunes 21 de septiembre de 2009

Acreditada ESSA para inspección de medidores

LA ESSA ES LA PRIMERA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS EN EL PAÍS EN LOGRAR ACREDITACIÓN EN INSPECCIÓN DE MEDIDORES Y EN SELLOS DE SEGURIDAD.

 Esta acreditación es garantía de transparencia para los clientes

Mediante Resolución 41545 del 21 de agosto de 2009 emanada de la Superintendencia de Industria y Comercio, se determinó conceder la acreditación al “organismo de inspección técnica de la Electrificadora de Santander” en el área de medidores de energía y sellos de seguridad.

Según la disposición, el alcance de la acreditación concedida es para medidores de energía eléctrica clases 0.5, 1, 2 y 3 y para los sellos de seguridad, con carácter indefinido.

El Gerente General de la ESSA, Carlos Alberto Gómez Gomez, señaló que esta acreditación es de gran importancia para la Compañía, como quiera que se constituye en la tercera acreditación de este tipo que se concede en el país y la primera a una empresa del sector eléctrico en Colombia.

“Esta certificación representa garantía para nuestros clientes, en el sentido que la revisión y verificación que se hace a los medidores, se efectúe con transparencia y bajo una norma específica”, dijo el alto directivo de la ESSA.

Finalmente, aseguró que “esta acreditación también refleja la dedicación y profesionalismo del equipo humano de la “Unidad de Operación y Calidad” oficina a la cual se encuentra adscrito el “Organismo de Inspección Técnica de medidores”.

Fuente: Coordinación de Prensa y Comunicaciones
Septiembre 21 de 2009 - Volver a Inicio >

viernes 21 de agosto de 2009

Para los consumidores de Bucaramanga

27 DE AGOSTO. FORO: “LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR” CON EL DR. ARMEL

El jueves 27 de agosto la Fundación Participar realizará el Foro: LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR, anunció la Presidenta de la Junta directiva, Cecilia Reyes de León.

La actividad tendrá como invitado especial al Dr. Ariel Armel, Presidente de la Federación Colombiana de Consumidores, quien aprovechará la oportunidad para presentar al Concejo de la capital santandereana, un proyecto de acuerdo para crear El Consejo Municipal de Protección al Consumidor.

Este comité, según la propuesta del Dr. Armel, tendría que ver con tarifas de servicios públicos, derechos de los arrendatarios y la responsabilidad de los productores y proveedores en la calidad de los alimentos, entre muchas otras cosas.

El foro, informó Álvaro Vecino Pico, Director Ejecutivo de la Fundación Participar, se realizará a partir de las 9 de la mañana en las instalaciones del salón Río de Oro, de la sede UIS Bucarica (Cll 35, cra 19, centro de Bucaramanga).

En el 2009, la Fundación Participar celebra sus 15 años de vida institucional, organizando un foro de interés ciudadano, el último jueves de cada mes, y en octubre realizará una celebración especial. Volver a Inicio >

sábado 1 de agosto de 2009

La defensoría del cliente del Banco de Occidente responde

Queja presentada por usuario de la entidad crediticia por irregular tratamiento.

La respuesta dice:

Señor
BERNARDO SOCHA ACOSTA
Ciudad


Ref:
Reclamo :
Radicación: 2147033
Peticionario: BERNARDO SOCHA ACOSTA
Entidad: BANCO DE OCCIDENTE

Respetado Señor
De manera atenta me permito informarle que esta Defensoría dio traslado al área competente del Banco, de su queja presentada ante este Despacho, en relación con la información suministrada por el Banco mediante el Boletín Alcorriente remitido a Usted junto con su extracto y relacionada con el cobro de gastos de Cobranza.

La Defensoría solicitó al Banco de Occidente la información y los documentos necesarios para el estudio de su caso. En respuesta a nuestro requerimiento, la entidad rindió las explicaciones pertinentes y remitió entre otras, copia de la comunicación de fecha 17 de Junio de 2009 dirigida a Usted y suscrita por el Dr. Néstor Santos - Director Cobranza Externa del Banco.

CONSIDERACIONES Y CONCEPTO
En primer lugar, precisaremos que la queja formulada por Usted hace referencia expresa a su inconformidad por la información remitida por parte del Banco en el boletín Alcorriente, relacionada con la gestión de cobro, toda vez que Usted considera que tal comunicación contiene un tono agresivo en contra del Cliente y adicionalmente, según su concepto no es necesario informarle al cliente que podrán generarse cobros por concepto de gastos de cobranza prejudicial, toda vez que existe el cobro de intereses de mora, cuando un Cliente no cancela oportunamente su obligación.

Ahora bien, en respuesta a nuestro requerimiento el Banco ha acreditado que mediante la comunicación de fecha 17 de Junio a la cual hemos hecho referencia, se informó al cliente que el Boletín Informativo Al corriente del mes de Junio de 2.009 mediante el cual se hizo conocer a los clientes una información relacionada con la gestión de cobranza por parte del Banco, fue generada por parte del Banco, en cumplimiento a lo ordenado por la Superintendencia Financiera de Colombia en la Circular Externa No. 048 del 2.008 la cual establece la obligatoriedad de informar a los Clientes las políticas y mecanismos implementados por cada entidad para efectuar la gestión de cobranza prejudicial, así como los gastos derivados de dicha gestión, junto con sus modificaciones.

Así mismo, la entidad aclaró que de ninguna se buscó amenazar a los clientes con tal comunicado, sino que por el contrario la intención es que todos nuestros clientes conozcan de manera clara, precisa y completa sobre las políticas, procesos y procedimientos que el Banco de Occidente lleva a cabo en caso que las obligaciones adquiridas se encuentren en mora. Por otro lado, la entidad aclaró que la gestión de cobro se realiza después del primer día de vencimiento de la obligación y que ésta tiene un tono muy comercial, pues su finalidad es recordar al cliente el pago en caso de olvido del mismo, asesorar y concretar una fecha de pago o en caso de presentar el cliente algún inconveniente con el pago de las cuotas futuras, ofrecerle alguna alternativa de normalización.
Adicionalmente, en cuanto a los gastos de cobranza, el Banco ha informado a este Despacho que éstos deberán ser asumidos por el deudor cuando la obligación entre en mora en el pago y siempre y cuando éstos se generen, lo cual deberá probarse con el respectivo soporte.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, este Despacho observa que frente a la información contenida en el Boletín informativo Alcorriente, el Banco ha cumplido con los procedimientos y condiciones necesarias en cuanto al cumplimiento a lo ordenado por la Superintendencia Financiera de Colombia en la Circular Externa No. 048 del 2.008, y ha remitido al cliente la información detallada y completa, con el objeto de responder las inquietudes formuladas en su reclamación y de evitar cualquier mal entendido que haya podido ofender al Cliente.

Por otro lado, esta Defensoría encuentra que según la normatividad vigente en la materia, en los términos del articulo 65 de la ley 45 de 1990 se estipula que el concepto de interés moratorio obedece a toda suma que se cobre al deudor por el simple retardo o incumplimiento del plazo de una obligación dineraria, diferenciándose este concepto de los llamados gastos de cobranza prejudicial puesto que en atención a la Circular Externa 48 del 25 de Septiembre de 2008 expedida por la Superintendencia Financiera, éstos se definen como:

“..toda erogación en la que haya incurrido la entidad vigilada por razón de las actividades desplegadas durante el ejercicio de la gestión de cobro prejudicial, tendientes a obtener la recuperación de su cartera, incluidos los honorarios profesionales, independientemente de que la gestión sea realizada directamente por funcionarios de la entidad o por terceros facultados por ésta”

Subrayado fuera del texto.
Frente a lo anterior, este Despacho considera que no existe impedimento legal para que, cuando un cliente incurra en mora, la entidad adelante el cobro de los denominados intereses de mora y gastos de cobranza prejudicial conjuntamente, por tratarse de conceptos completamente diferentes, el primero corresponde a una sanción y el segundo al reconocimiento de una erogación en la que incurrió la entidad para poder obtener la recuperación de cartera, lo anterior obviamente, siempre dentro del marco legal establecido.

En consecuencia, esta Defensoría observa que el requerimiento del cliente ha sido atendido debidamente por el Banco y que no se evidencia conducta alguna que vulnere los derechos del Sr. Socha como consumidor financiero, por lo cual da por terminada su actuación frente a este asunto.

Se pone de presente que, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto 690 de 2003, esta decisión no obliga a las partes y por consiguiente en caso de no aceptarla, podrán ejercitar las actuaciones administrativas y las acciones judiciales que consideren conducentes.

Cordialmente,

LINA MARIA ZORRO CERON
Defensor del Cliente

Copia: Banco de Occidente. - Volver a Inicio >

martes 28 de julio de 2009

LA ELECTRIFICADORA DE SANTANDER ANUNCIA SEGUNDO SORTEO DEL PLAN DE PREMIOS


El próximo 28 de agosto, la Electrificadora de Santander realizará el segundo sorteo del Plan de Premios “PAGUE su factura y GANE con la ESSA” que diseñó la Compañía para incentivar la cultura de pago de sus Clientes durante este año 2009.

Este segundo sorteo contempla la entrega de un vehículo Chevrolet Spark cero kilómetros, cinco motocicletas cuatro tiempos de 125 c.c. y cinco televisores LCD de 32 pulgadas, premios que en total con los tres sorteos tienen un costo aproximado a los 200 millones de pesos.

El sorteo se transmitirá en directo por el canal TRO entre las 8:30 y las 9:00 de la noche con la presencia del Gerente General de la ESSA, Doctor Carlos Alberto Gómez Gómez, (grafica) los Gerente de Área y representantes de Control Interno de la Compañía, así como de la Sociedad de Capital Público Departamental.

Los Clientes interesados en participar en este sorteo deben cumplir requisitos como estar al día en el pago de la factura y diligenciar el cupón nuevo que se adjunta a la factura del mes de julio.

“Invito a todos los clientes de la ESSA para que participen en este segundo sorteo que entregará atractivos premios a quienes cancelen oportunamente el servicio de energía eléctrica, sostuvo el Gerente General Carlos Alberto Gómez, al indicar que en este segundo sorteo se incluirán igualmente las distintas zonas para garantizar que los premios queden distribuidos entre los usuarios de todas las veredas y municipios de Santander por muy distantes que se encuentren”.

Fuente: Coordinación de Prensa y Comunicaciones -Electrificadora Bucaramanga, Julio 27 de 2009 - Volver a Inicio >

sábado 11 de julio de 2009

El Neuromarketing como herramienta de medición de la fidelidad

10 de Julio de 2009 por Francisco Javier Sánchez
La fidelidad en términos cualitativos indica el nivel de vinculación emocional de los consumidores con un producto o una marca. Desde Harley Davidson hasta Apple, pasando por Nike o Cocacola, han logrado crear fuertes lazos emocionales con sus clientes que, satisfechos o no, muestran una fidelidad casi mística hacia la marca.

Pues bien, gracias al Neuromarketing podemos conocer el nivel de fidelidad de un consumidor hacia éstas marcas. Así lo acreditó un estudio llevado a cabo por Gallup sobre 16 mujeres japonesas por medio de un aparato de resonancia magnética funcional (fMRI). El objetivo era medir su grado de fidelidad hacia unos grandes almacenes.

Mientras se les preguntaba una serie de cuestiones, el escáner al que estaban conectadas monitorizó y correlacionó su actividad cerebral con las respuestas que iban dando. Puedes bajarte el artículo de Gallup en pdf pinchando en Brain Loyalty.

Tras analizar la actividad cerebral de las entrevistadas más “apasionadas” por la marca, se descubrió que cuanta mayor vinculación emocional se declaraba, mayor actividad se producía en la amígdala (área asociada con el procesamiento emocional) y el giro cingular (implicado en la formación de actitudes)

Es decir, las zonas cerebrales asociadas a las emociones se “encendieron” entre las mujeres más fieles. Lo más sorprendente fue que las preguntas sobre satisfacción no produjeron ninguna reacción cerebral, sin embargo las preguntas acerca de su conexión emocional (e.g. __es una marca en la que puedo confiar) produjeron los más altos niveles de activación cerebral en las entrevistadas más apasionadas.
Y no menos importante, se encontró una fuerte correlación entre el nivel de vinculación y la conducta de compra.

Parece que el Neuromarketing nos puede abrir los ojos sobre lo que la fidelización debe perseguir. Los programas de fidelización no crean clientes fieles. Contribuyen a enriquecer la experiencia del cliente y fortalecen los vínculos emocionales con las marcas accionando el conocimiento individual de cada cliente.

Nuestra obligación es crear lo que se ha dado en llamar “Emotional Boosting”. En este sentido, ni el servicio atento ni la calidad del producto tienen capacidad por sí solos para crear este nivel de conexión emocional. La imagen de marca, el reconocimiento personal y la comunicación relevante y a tiempo, sí la tienen. Volver a Incicio >