Así está establecido en una resolución que dio a conocer el consultor y asesor de servicios públicos Juan Camacho Leal. La medida rige para las empresas proveedoras del sector energético, como la Electrificadora y las distribuidoras de gas domiciliario.
El vocero de los consumidores dijo que una persona que se atrase por determinado motivo, si la empresa le corta el servicio, tan pronto como se haga el pago, la compañía está en la obligación de hacer la reconexión sin cobro de suma alguna como venía ocurriendo.
Juan Camacho hizo otras revelaciones sobre la base de la resolución.
Escuche al consultor Juan Camacho Leal
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